Si tienes preguntas sobre inmigración, puedes mandarlas al correo electrónico noticiasdc@univision.net
Junto a mi amigo Jesús Marín, el presentador titular de noticias, contestamos una selección de ellas, cada jueves en el noticiero de Univisión en Washington DC a las 6 PM y 11 PM
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PREGUNTA: Me deportaron hace tres años por unos DUIs que cometí. Regresé por la frontera y pude pasar. Mi esposa es ciudadana. ¿Califico para la ley de Biden?
RESPUESTA: Lastimosamente, no calificas. Estás frito. Una persona que ha sido deportada de EU y regresa ilegalmente no califica para la residencia permanente, sin primero pasarse 10 años en el exterior y entonces pedir y recibir un perdón. Como el propósito del programa parole-in-place es facilitarles la residencia inmediata, desde territorio estadounidense, a los cónyuges de ciudadanos. Como tu no calificarías hasta primero pasarte 10 años fuera de EU, tampoco calificarías para el parole-in-place. Lo siento.
JM: ¿No hay nada que él pudiera hacer para sacar papeles?
JP: Nada, Jesús. Está frito, salvo que cambie la ley. Si los demócratas ganan las elecciones, quizás hay posibilidades de algún que otro cambio. No una amnistía, pero algunos ajustes a las leyes dacronianas que existen, pero si ganan los republicanos creo que los únicos cambios en la ley de inmigración serían para perjudicarnos en vez de ayudarnos.
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PREGUNTA: Soy colombiana. Pedí asilo, pero el juez me lo negó hace cuatro años y me dio una orden de deportación. No me fui. Mi esposo es ciudadano y me hizo el trámite de la I-130. Eso sigue pendiente. Quiero saber si puedo calificar para el parole-in-place.
RESPUESTA: Muy buena pregunta. Hay una presunción legal que no calificas para el parole-in-place, debido a la orden de deportación que tienes. Para rebatir esa presunción legal, tendrías que demostrar que mereces una consideración. Que los factores positivos de tu caso son más impactante que el hecho de que hayas desobedecido una orden de deportación.
JM: ¿Cuáles pudieran ser algunos factores positivos?
JP: Visualiza un subibaja. De esos en los que juegan los niños. A un lado de la palanca tienes la orden de deportación. Para ganar el parole-in-place tendrías que ponerle suficiente peso al otro lado de la palanca para que el subibaja se eleve lo necesario y que Inmigración concluya que mereces el permiso. Por ejemplo, si eras muy joven cuando te dieron la orden, si tu esposa (o tu) tienen problemas médicos, si son falta de recursos para tramitar papeles en el exterior, etc.
PREGUNTA: Me llamo Soledad. Entré sin papeles hace 12 años. Soy mexicana. Me he casado con un ciudadano, y quiero pedir el parole que anunció Biden. Mi pregunta es, si con ese parole puedo viajar a México a visitar a mi mamá. Ella está con un cáncer allá.
RESPUESTA: El parole-in-place que anunció el presidente Biden es diferente al parole que te permite salir y volver a ingresar legalmente a EU. Este parole que dice “in place” tiene como propósito que puedas sacar un permiso de trabajo y eventualmente tramitar, desde territorio estadounidense, la residencia permanente a pesar de que hayas ingresado ilegalmente al país. Sin embargo, después de que solicites la residencia, pudieras entonces pedir el tipo de parole que te permitiría salir y regresar a EU.
JM: ¿Qué necesitaría Soledad para gestionar el parole para poder ir a México?
JP: Primero, tiene que estar tramitando la residencia. Segundo, tendría que demostrar que existe una circunstancia urgente que requiere, por razones humanitaria, viajar a México. Por ejemplo, una carta médica que describa el diagnóstico y pronóstico de su mamá.
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PREGUNTA: Por favor, no diga mi nombre. Soy ciudadano de EU. Mi esposa estuvo en EU y se fue para atender una emergencia familiar. Quiero saber si la puedo traer, utilizando la ley de Biden.
RESPUESTA: Lastimosamente, la directriz de parole-in-place es solamente para personas en EU. Si su esposa está en el exterior, tendrá que hacer tramitar la residencia, a través del consulado estadounidense en Ciudad Juárez. Un proceso más lento y engorroso que el trámite de parole-in-place que introdujo el presidente Biden.
JM: ¿Cuánto tiempo pudiera tardar el proceso consular allá en Ciudad Juárez?
JP: Depende, Jesús. Si ella estuvo, sin autorización, en EU por más de un año, necesitaría neutralizar (con un perdón) el castigo de los 10 años. Eso puede que tarde entre uno y tres años, y para ganarlo tendría que demostrar que su esposo sufriría extremadamente una separación. Por eso te digo que el proceso consular es más lento y engorroso que el del parole-in-place.
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Attorney José Pertierra
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Junto a mi amigo Jesús Marín, el presentador titular de noticias, contestamos una selección de ellas, cada jueves en el noticiero de Univisión en Washington DC a las 6 PM y 11 PM
PREGUNTA: Por favor, no diga mi nombre. Soy mexicano y estoy casado con una residente permanente. Tengo un trámite ante el consulado en Ciudad Juárez, y estoy preocupado porque tengo varios tatuajes. Me han dicho que me pueden negar los papeles debido a los tatuajes. Quiero saber si usted me recomienda que los borre antes de ir a la entrevista.
RESPUESTA: No borres tus tatuajes. Explícalos. Los médicos que usa el consulado para el examen médico pueden utilizar cierta luz negra para tratar de descifrar los tatuajes que has borrado. Nunca desaparecen totalmente. Por eso, debes tratar de explicar detalladamente lo que quieren decir tus tatuajes y demostrar que no tienen algo que ver con los maras. Quizás debes enviar también alguna constancia de un experto en maras que sirva como evidencia de que tus tatuajes son inofensivos.
JM: ¿Y si los tatuajes son de los maras?
JP: Entonces mejor que ni se atreva a salir de EU para ir a una entrevista consular en México. Puede que allá se quede. No hay perdón disponible para los mareros.
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PREGUNTA: Soy mexicana, y estoy casada con un ciudadano estadounidense. Crucé la frontera en el 2020 con mis dos sobrinitas. Cuando caímos con Inmigración, dije que las niñas eran mis hijas. Tenemos corte para el 2023. Quiero saber si mi esposo me puede sacar papeles.
RESPUESTA: Uff, estás frita. Refrita. Aunque tu esposo sea un ciudadano, la ley no perdona haber ayudado a tu sobrina a ingresar al país ilegalmente. El perdón solamente está disponible para los que ayudaron a cruzar a hijos, cónyuge o padres. Estás clasificada como coyote, a pesar de que la niña es sobrina tuya y la ayudaste de buena voluntad. Lastimosamente, no hay perdón que puedas pedir.
JM: Pero, José, supongo que las sobrinitas no le pagaron algún dinero a la tía. Aún así, ¿Inmigración la trata de coyote?
JP: Sí, Jesús, anteriormente la ley requería que, para que te fichen de coyote, hayas cobrado dinero por el trámite. Pero ya no. Brutal la ley, pero es así. La gente debiese tener muchísimo cuidado con esa pregunta en la solicitud de residencia. Las consecuencias de la respuesta pueden ser nefastas.
PREGUNTA: Mi nombre es Dayana. Soy salvadoreña. Tengo TPS y entré el año pasado con parole. Mi hijo es ciudadano y me pidió, pero Inmigración no quiere darme la Green Card porque él no gana suficiente dinero, y porque yo estoy sin trabajo. Todo el resto de mi familia está indocumentada y no me pueden ayudar. ¿Cómo puedo hacer para solucionar este problema? Tengo solamente hasta el 22 de diciembre para contestar.
RESPUESTA: Dayana. El patrocinador fiscal no tiene que ser pariente tuyo. Cualquier persona que sea residente o ciudadano y que gane suficiente dinero puede ofrecerle esa garantía al gobierno federal que tu no serás una carga pública. La regla es que el patrocinador debe ganar por arriba de 125% del nivel de la pobreza. Es decir, si su familia es de 4 personas, necesitaría ganar $35,550 al año, pero si tiene una familia de solamente dos personas, puede patrocinarte si gana $20,025 al año.
JM: ¿Pero qué significa legalmente prestarse a ese compromiso?
JP: Significa que garantizas que el gobierno federal no tendrá que gastar dinero para mantener el inmigrante. Si, por ejemplo, la persona que patrocinas pide asistencia pública, entonces el patrocinador estaría obligado a reembolsar al gobierno por todo el dinero que le dio al inmigrante. Esta obligación dura 10 años, o hasta que el inmigrante se haga ciudadano o se muera. Es un compromiso de grandes ligas.
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PREGUNTA: Buenas noches, abogado. Llegamos a EU con visa de turista. Ahora tenemos un hijo de seis años, nacido acá. ¿Hay alguna manera de solicitar algún asilo o permiso como familia?
RESPUESTA: Un hijo ciudadano puede pedir a sus padres, pero no puede hacerlo hasta primero cumplir 21 años. El hecho que hayas entrado con visa, te facilitaría mucho el caso, pero no hasta que tu hijo cumpla la mayoría de edad. Para pedir asilo, aparte de demostrar que tienes un temor razonable de persecución en tu país, necesitas presentar la solicitud durante tu primer año en EU. Ya llevas seis aquí.
JM: ¿Y si ellos caen con Inmigración antes de que el hijo cumpla los 21 años? ¿Pueden ser deportados?
JP: Claro que pueden ser deportados, pero el gobierno de Biden se ha mostrado un poco más flexible que el anterior, y han estado desestimando casos de deportación por razones humanitarias. Esta familia lleva años aquí, entraron con visas, y tienen un hijo ciudadano. Posiblemente, puedan lograr que no los deportan. Pero fácil no será.
PREGUNTA: Me llamo Gustavo. Soy salvadoreño y tengo TPS. Quiero saber si ya puedo pedir la extensión que anunciaron la semana pasada. Me han ofrecido un trabajo en un restaurante, pero el empleador quiere ver mi permiso, y el mío está vencido.
RESPUESTA: Muy buenas noticias, Gustavo. Aunque puedes solicitar una nueva tarjeta a través del formulario I-765, no necesitas hacerlo, porque el gobierno ha extendido la validez de tu tarjeta vencida automáticamente hasta el 30 de junio de 2024.
JESÚS MARÍN: ¿Cómo sabe un empleador que el gobierno ha extendido el TPS para los salvadoreños?
PERTIERRA: La Gaceta Oficial, lo que EU llama el Federal Register, publicó esta semana el aviso. Gustavo debiese imprimir la página de la Gaceta. El link está en la pantalla. https://www.federalregister.gov/…/continuation-of… Gustavo: lleva este anuncio al empleador, junto con la tu vieja tarjeta. Por ley, el empleador tiene que respetar esa prueba.
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PREGUNTA: Me llamo Hortensia. Soy peruana, y quiero hacerme ciudadana. Para prepararme para el examen, he estado estudiando las 100 preguntas que Inmigración publicó en su sitio. Quiero saber si tengo que aprenderme las 100, porque me está costando mucho trabajo.
RESPUESTA: Sí y no. Tienes que aprenderte las 100 lo más que puedas, pero no te van a preguntar las 100. Solo te harán 10 de esas preguntas, y tienes que responder correctamente a 6 de ellas para pasar el examen. Pero si no te aprendes las 100, puede que te salgan 10 difíciles el día de la entrevista y te planchen.
JM: ¿Qué pasa si Hortensia no pasa el examen? ¿Le permiten que lo tome otra vez sin volver a pagar?
JP: Sí, Jesús. Dos o tres meses después de la entrevista, le darían otra oportunidad para tomar el examen nuevamente. Y si no lo pasa en la segunda ronda, puede estudiar más para volver a solicitar la naturalización. No hay límite a la cantidad de veces que puede solicitar la ciudadanía.
PREGUNTA: Me llamo Sara. Tengo casi 20 años en este país. Mi record está limpio, pero no tengo papeles. Trabajo con una familia, quienes quieren ayudarme con una carta de trabajo. ¿Eso es posible?
RESPUESTA: Sara, lastimosamente la residencia por carta de trabajo probablemente no es una opción para ti. Si haces un caso de certificación laboral pero has estado indocumentada por más de un año, la nefasta ley del castigo te cae encima con la fuerza de un piano. Tendrías que permanecer fuera de EU por 10 años.
JESÚS MARÍN: Pero, José, ¿los casos de certificación laboral siguen siendo posible?
PERTIERRA: Son posibles, Jesús, pero no factibles para la abrumadora mayoría de los que han estado en EU sin autorización por más de un año. Para neutralizar la nefasta ley del castigo, la persona necesita tener un cónyuge, padre o madre residentes o ciudadanos quienes sufrirían extremadamente por esa separación. No sé si Sara tiene ese pariente cercano.
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PREGUNTA: Por favor no diga mi nombre. Soy residente y quiero hacerme ciudadano. Me dieron la residencia por trabajo en un restaurante, pero la verdad es que nunca trabajé ahí. El dueño es mi primo y me quiso hacer un favor. (TIMBRE). Tengo un record limpio. No tengo arrestos y siempre he pagado mis impuestos. Me han tratado de echarme miedo para que no solicite la naturalización. Por eso, acudo a usted. ¿Qué me recomienda?
PERTIERRA: Pues tu record no es tan limpio, porque cometiste fraude al pretender trabajar en el restaurante de tu primo. No te recomiendo que trates de naturalizarte. Te dieron la residencia, porque el Departamento de Labor certificó que tu empleador no pudo encontrar trabajadores estadounidenses para realizar ese tu trabajo, y por eso Inmigración te dio la residencia. Pero eso era una farsa. Por eso, tu residencia no es válida.
JESÚS MARÍN: ¿Le pueden quitar la residencia?
JP: Si se enteran que la obtuvo por fraude, claro que sí se la pueden quitar. Lo mejor que puede hacer él es no mover ficha. No tratar de hacerse ciudadano y quedarse calladito y tranquilito con su Green Card.
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Attorney José Pertierra
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