Síguenos

El cerco petrolero a Cuba es criminal


EL CERCO PETROLERO A CUBA: ENTRE EL DERECHO INTERNACIONAL, LOS BARCOS INTERCEPTADOS Y EL DRAMA HUMANO
¿Cuántos petroleros necesita Cuba y quién tiene derecho a impedir que lleguen?
Radio Miami Today | Análisis internacional
11 de octubre de 2026
Edición asistida por IA
Una crisis energética que desborda las fronteras cubanas
El petróleo se ha convertido en uno de los elementos fundamentales de la confrontación política y económica entre Estados Unidos y Cuba. Ya no se trata solamente de sanciones financieras, restricciones comerciales o dificultades para adquirir combustible en los mercados internacionales. El cerco petrolero de Estados Unidos a Cuba es ilegal y criminal. La población cubana se mantiene hoy con apenas tres horas de energía eléctrica.

Las noticias sobre embarcaciones interceptadas en el Caribe incorporan una dimensión marítima que merece ser examinada con especial atención.
Dos investigaciones periodísticas, publicadas en momentos diferentes de 2026, permiten abordar esta situación desde perspectivas complementarias.
La primera apareció el 29 de abril en Just Security, bajo el título The United States-Cuba Oil Embargo and International Law, firmada por los especialistas en derecho internacional Rob McLaughlin y Michael Schmitt.
La segunda fue publicada el 2 de octubre por el periódico mexicano El Economista, con información de Europa Press y Reuters, bajo el titular: EU intercepta buque con «combustible ilegal» rumbo a Cuba; México participó en la inspección.
Ambos trabajos, unidos a los datos sobre las necesidades energéticas cubanas, plantean una interrogante de extraordinaria importancia:
¿Hasta dónde puede llegar la política de sanciones de una potencia sin vulnerar los principios del derecho internacional y los derechos de otros Estados a comerciar libremente?
El petrolero ruso que permitió medir la magnitud del problema
Uno de los acontecimientos más significativos del primer semestre de 2026 fue la llegada a Cuba del petrolero ruso Anatoly Kolodkin, que transportó aproximadamente 730.000 barriles de petróleo al puerto de Matanzas a finales de marzo.
El acontecimiento tuvo una importancia económica considerable, pero también permitió establecer una referencia concreta para comprender cuánto combustible necesita el país.
A partir de las cifras examinadas en los materiales disponibles, podemos desarrollar un ejercicio ilustrativo.
Las estimaciones consideradas sitúan las necesidades petroleras cubanas entre 100.000 y 110.000 barriles diarios. La producción nacional se ha estimado entre 30.500 y 40.000 barriles diarios.
Estas cifras son aproximaciones de trabajo y requieren actualización y comprobación mediante estadísticas oficiales comparables. No deben interpretarse como un balance energético definitivo de octubre de 2026.
Si utilizamos esos valores, la diferencia entre las necesidades nacionales y la producción interna oscilaría aproximadamente entre 60.000 y 79.500 barriles diarios.
Esto significa que Cuba necesitaría obtener del exterior importantes cantidades de combustible o crudo para cubrir esa diferencia.
¿Cuántos buques como el Anatoly Kolodkin necesita Cuba?
El cálculo proporciona una dimensión especialmente ilustrativa del desafío.
Si cada petrolero transportara aproximadamente 730.000 barriles, como el Anatoly Kolodkin, las necesidades teóricas serían las siguientes:
Entre 2,5 y 3,3 cargamentos mensuales para cubrir el déficit estimado entre demanda y producción nacional.
Entre 30 y 40 cargamentos anuales de semejante capacidad para compensar ese déficit.
Entre 50 y 55 cargamentos al año si se pretendiera cubrir por importaciones la totalidad de una demanda de 100.000 a 110.000 barriles diarios.
Un cargamento de 730.000 barriles equivale a unos 9 a 12 días del déficit externo estimado, o aproximadamente 7 días del consumo total supuesto.
Es imprescindible aclarar que se trata de equivalencias volumétricas. Un barril de petróleo crudo no sustituye automáticamente un barril de diésel, gasolina u otro combustible refinado.
Además, la composición del petróleo extraído en Cuba, la capacidad de refinación, la eficiencia del sistema eléctrico y los tipos de productos importados influyen de manera decisiva en la disponibilidad real de energía.
Aun con estas limitaciones, los cálculos permiten comprender un hecho esencial: un solo petrolero puede representar un alivio importante, pero no constituye una solución permanente para una economía nacional.
El caso Grace: cuando las restricciones alcanzan a las embarcaciones
La información publicada por El Economista el 2 de octubre aporta un nuevo elemento al escenario.
Según el periódico, el Servicio de Guardacostas de Estados Unidos anunció la incautación del carguero Grace, que supuestamente transportaba combustible de manera ilegal hacia Cuba.
La operación marítima se produjo a principios de septiembre. El buque fue interceptado en el Caribe, el 5 de septiembre, de acuerdo con la información citada por el periódico.
Posteriormente fue escoltado hasta el puerto de Progreso, en México, donde la Marina mexicana realizó una inspección.
Las autoridades encontraron cantidades importantes de combustible en los tanques de lastre, una práctica que, según el comunicado estadounidense, representaba riesgos para el medio marino.
También fueron identificados contenedores sospechosos de transportar combustible.
Sin embargo, la noticia contiene dos precisiones que no deben pasar inadvertidas.
Primero, no se informó públicamente la cantidad de combustible transportada por el Grace.
Segundo, según el reporte, las autoridades estadounidenses no divulgaron las pruebas utilizadas para establecer que la mercancía tenía como destino Cuba. Indicaron que esa conclusión se fundamentaba en información de inteligencia.
Por consiguiente, no sería riguroso afirmar que el buque transportaba una determinada cantidad de barriles ni calcular cuántos días habría podido abastecer a Cuba.
La misma información menciona otra embarcación, el Jaira Provider, previamente interceptada por razones semejantes.
Estos episodios muestran que las restricciones petroleras están acompañadas de operaciones de vigilancia e intercepción marítima. No obstante, todavía es indispensable esclarecer el fundamento legal específico de cada actuación.
México y una interrogante jurídica
La participación de México en la inspección del Grace constituye uno de los aspectos más interesantes de la noticia.
No debe confundirse la colaboración entre autoridades marítimas para investigar una posible irregularidad con la aceptación de que Estados Unidos tenga facultades generales para prohibir el comercio energético de otros países con Cuba.
Una inspección realizada en un puerto mexicano puede responder a competencias legítimas de las autoridades de ese país, particularmente cuando se investigan riesgos ambientales o infracciones marítimas.
Otra cuestión muy distinta sería determinar si un buque extranjero puede ser abordado en alta mar exclusivamente por transportar mercancías hacia Cuba.
Para responder hay que conocer el pabellón de la embarcación, la ubicación exacta del abordaje, la eventual autorización del Estado de bandera y las disposiciones legales invocadas.
Una investigación periodística completa debe exigir esas precisiones.
La calificación de una carga como ilegal conforme a determinadas normas estadounidenses no demuestra, por sí sola, su ilegalidad conforme al derecho internacional.
¿Existe realmente un bloqueo naval contra Cuba?
Esta pregunta ocupa un lugar central en el análisis publicado por Rob McLaughlin y Michael Schmitt en Just Security.
Los especialistas distinguen entre el embargo comercial y financiero, las medidas destinadas a impedir el suministro petrolero y un bloqueo naval en el sentido técnico del derecho de los conflictos armados.
Esa distinción es fundamental.
Un bloqueo naval, como figura jurídica específica, supone determinados elementos de aplicación y ejecución militar, generalmente asociados a un conflicto armado.
En su análisis de abril de 2026, los autores consideraban que las medidas estadounidenses no constituían entonces un bloqueo naval en ese sentido técnico.
Sin embargo, también sostenían que la campaña de presión energética dirigida a imponer cambios políticos en Cuba podía vulnerar el principio internacional de no intervención.
Asimismo, examinaban las amenazas militares desde la prohibición de amenazar con el uso de la fuerza, recogida en la Carta de las Naciones Unidas.
Se trata de conclusiones jurídicas de los autores, que deben atribuirse a ellos y no presentarse como sentencias de un tribunal internacional.
Hay un aspecto cronológico muy importante: el estudio de Just Security fue publicado en abril, mientras que la intercepción del Grace ocurrió en septiembre.
Por ello, los hechos posteriores merecen una nueva evaluación jurídica, sin que una sola operación de intercepción permita demostrar automáticamente la existencia de un bloqueo naval.
Esta diferencia entre sanciones económicas, medidas coercitivas, interdicciones marítimas y bloqueo naval debe mantenerse clara para que el análisis tenga rigor.
¿Puede un país prohibir que otros comercien petróleo con Cuba?
El derecho internacional reconoce la soberanía de los Estados, la libertad de navegación y el principio de no intervención.
La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar establece reglas relacionadas con la navegación y las circunstancias excepcionales en las que puede ejercerse el derecho de visita sobre embarcaciones extranjeras en alta mar. Sin embargo EEUU no es parte de ese convenio. Entonces no tiene ningún derecho a interceptar una embarcación qué lleva combustible para Cuba y menos prohibirlo.

El costo humano de cada cargamento que no llega. El petróleo no es solamente una mercancía estratégica ni una cifra en los registros del comercio internacional.
En Cuba, la disponibilidad de combustible se relaciona directamente con la generación eléctrica, el transporte, el abastecimiento de agua, la agricultura, la industria y los servicios de salud.
Cuando disminuye el suministro energético, las consecuencias pueden extenderse a toda la sociedad.
Una central termoeléctrica sin combustible suficiente, una ambulancia con dificultades para abastecerse, un sistema de bombeo detenido o una actividad agrícola paralizada son expresiones concretas de una crisis energética.

¿La crisis petrolera puede resolverse mediante prohibiciones y amenazas?
Desde una perspectiva humanitaria y económica, resulta difícil imaginar una recuperación sostenible de Cuba sin estabilidad en sus suministros energéticos.
La llegada de combustible constituye una condición necesaria para numerosas actividades productivas y sociales, aunque no suficiente para garantizar el desarrollo económico.
El país necesita inversiones, modernización industrial, eficiencia energética, participación empresarial, fuentes renovables y reformas que permitan aprovechar mejor sus recursos.
Pero incluso esas transformaciones requieren energía.
Por otra parte, Estados Unidos y Cuba podrían encontrar espacios de cooperación comercial, energética y tecnológica que contribuyan a reducir tensiones históricas.
Y cuando la presión económica afecta bienes esenciales, los mayores costos suelen recaer sobre la población.
Una conclusión que debemos examinar
La llegada del Anatoly Kolodkin con aproximadamente 730.000 barriles, las estimaciones sobre las necesidades petroleras cubanas y las informaciones posteriores sobre la intercepción del Grace permiten construir una visión más completa de la situación.
Las diferencias políticas entre Washington y La Habana no deberían impedir la búsqueda de soluciones humanitarias ni cerrar las oportunidades de diálogo.
Cuba necesita petróleo para sostener su economía. Estados Unidos y Cuba necesitan diálogo para superar una confrontación histórica. Y ambos pueblos necesitan una relación construida sobre el respeto, el comercio y la paz.
La verdadera victoria no consiste en demostrar quién puede imponer mayores dificultades al adversario.
La verdadera victoria sería que ningún pueblo tuviera que pagar, con sus condiciones de vida, el precio de las disputas políticas entre los gobiernos.

FUENTES Y REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
1. McLaughlin, Rob, y Michael Schmitt. (29 de abril de 2026). The United States-Cuba Oil Embargo and International Law. Just Security.

The United States-Cuba Oil Embargo and International Law


Investigación jurídica utilizada para examinar las diferencias entre embargo petrolero, bloqueo naval, principio de no intervención y amenazas de fuerza en el derecho internacional. También se toma como referencia el cargamento del petrolero ruso Anatoly Kolodkin.
2. Europa Press. (2 de octubre de 2026). «EU intercepta buque con «combustible ilegal» rumbo a Cuba; México participó en la inspección». El Economista, México. Información complementaria atribuida a Reuters.
https://www.eleconomista.com.mx/internacionales/eu-intercepta-buque-combustible-ilegal-rumbo-cuba-mexico-participo-inspeccion-20261002-836542.html
Fuente periodística de los datos sobre el carguero Grace, su intercepción, la inspección realizada en México y la referencia al Jaira Provider.
3. Organización de las Naciones Unidas. (1945). Carta de las Naciones Unidas, particularmente artículo 2, apartado 4.
Referencia jurídica sobre la prohibición de la amenaza o el uso de la fuerza en las relaciones internacionales.
4. Organización de las Naciones Unidas. (1982). Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. Montego Bay. Especialmente artículos 87, 92 y 110.
Marco jurídico de referencia sobre la libertad de navegación, la jurisdicción del Estado de bandera y el derecho de visita.
5. Material estadístico de trabajo sobre la situación petrolera cubana. (11 de octubre de 2026). Cifras y gráficos examinados para Radio Miami Today.
Estimaciones utilizadas: demanda de 100.000 a 110.000 barriles diarios; producción nacional de 30.500 a 40.000 barriles diarios. Estas magnitudes quedan pendientes de corroboración con fuentes estadísticas primarias actualizadas. Los cálculos de cantidad de buques son elaboraciones aritméticas propias a partir de esos supuestos y de una capacidad de referencia de 730.000 barriles.
Radio Miami Today — Miami, Estados Unidos.
Periodismo, investigación, análisis internacional y cultura de paz.
Edición asistida por inteligencia artificial.

Otras Publicaciones