El hecho de que algún precepto, objetivo, o consigna se inscriba en alguna constitución, no asegura su cumplimento, lo cual ha sido probado por la enorme cantidad de cartas magnas burladas, derogadas, enmendadas, o simplemente ignoradas.

La verdadera garantía de la persistencia de los preceptos constitucionales es la existencia de instituciones estatales, políticas, y jurídicas democráticamente legitimadas, firmemente establecidas, razonablemente independientes, y aptas para preservarlas; así como de fuerzas sociales capaces de defenderlas, asistidas por liderazgos auténticos comprometidos con los destinos del país, la patria, y el estado.
La Constitución de los Estados Unidos, la primera en todo el mundo, la más estable e influyente, y la única que ha soportado la prueba del tiempo, fue también la que enfrentó el mayor desafío cuando en 1861 fue desafiada por once estados que se separaron de la Unión y formaron los Estados Unidos Confederados de América, hecho que dio lugar a la Guerra de Secesión o Guerra Civil, un sangriento conflicto saldado con casi un millón de muertos.
En franca rebeldía, en un congreso efectuado en Montgomery (Alabama) en 1861, fue constituido un país dentro de otro, los Estados Unidos Confederados de América adoptó su propia Constitución, eligió como presidente a Jefferson Davis, y a la ciudad de Richmond como capital. Aquel presunto estado retrógrado y esclavista que existió hasta 1865 no fue reconocido internacionalmente
La determinación del presidente Abraham Lincoln, y el apoyo de poderosas fuerzas políticas del norte del país que permanecieron fieles a la Constitución original, permitió la victoria de la Unión, y preservó la unidad del país, convertido luego en el más poderoso imperio que haya existido.
Derrotada la secesión, mediante la Decimotercera Enmienda (1865) fue abolida la esclavitud, no obstante, persistió la segregación. Se necesitaron la Decimocuarta (1868), que concedió la protección igualitaria y de hecho permitió a los negros ser ciudadanos, y la Decimoquinta (1870) que le concedió el derecho al voto. Cien años después de la abolición de la esclavitud hubo que dictar las leyes sobre los derechos civiles promovidas por el presidente John F. Kennedy, y aplicadas por Lyndon Johnson para cesar la segregación y, en términos jurídicos, poner fin al racismo.
Como prueba la experiencia histórica, en materia de construcción estatal, si bien es importante pulir las formulaciones constitucionales, lo más importante es blindar las instituciones, lograr que prevalezcan la democracia y el derecho, y fomentar desde ellas y la sociedad civil a las fuerzas sociales y los agentes políticos que las preservaran. Con el tiempo y la consecuencia los actos jurídicos justos se incorporan al ser nacional. Entonces, y solo entonces, son irreversibles. Allá nos vemos.
La Habana 15/8/ 2018










